La reforma de la Constitución provincial.

Otra vez los santafesinos nos encontramos con un nuevo intento por parte del Ejecutivo de turno de llevar adelante la tan ansiada reforma de la Constitución de la provincia. Si bien no es algo nuevo, está claro que imperiosamente se necesita el consenso necesario para que una vez por toda logremos entre todos reformar y aggionar la misma a la Constitución nacional.

Como consecuencia de ello el gobernador de la provincia convocará a los partidos políticos con representación parlamentaria para acordar. Si se logran los consensos, la ley que convoque a la elección de los convencionales constituyentes en donde seguramente se fijaran de antemano los temas sujetos a modificación y los nuevos derechos que se deben incorporar a la misma.

Puntos sugeridos. Entre los temas sugeridos por el gobernador en la entrevista realizada el domingo 29 de diciembre en el diario La Capital, está la posibilidad de lograr la autonomía de los grandes municipios, como también la transparencia de la elección de los jueces mediante la incorporación del Consejo de la Magistratura, todo ello para que no se produzca, como se ha hecho en la gestión de su ministro de Justicia, Juan Lewis, modificaciones sin consenso alguno con los actores del sistema judicial y con el poder legislativo provincial.

Respecto a la autonomía de los municipios no es una posibilidad sino que es un imperativo legal que surge de la Constitución nacional con la reforma de 1994 y que dispuso que los municipios sean autónomos, obligando a las constituciones provinciales a que regulen su alcance, contenido político, administrativo y económico.

En relación al sistema de elección de jueces realmente admiro el mea culpa que hizo nuestro gobernador al reconocer que actualmente dicho procedimiento se modifica, como se hizo, solamente por un decreto del Poder Ejecutivo, obviamente siguiendo las sugerencias no consensuadas de su ministro de Justicia.

Sin lugar a dudas debe incorporarse a la Constitución el Consejo de la Magistratura, el cual necesariamente necesitará un consenso para lograr un eficaz sistema de elección de jueces. Que permita entre otros temas disminuir el tiempo de concurso y llamar a concursos anticipados.

Temas a modificar. Otros puntos que deben estar presentes en la misma ley que convoque a la elección de los convencionales constituyentes son:

1) La exclusión de la facultad de la Corte Suprema de ejercer la Superintendencia General de la Administración de Justicia.

Aquí podemos citar como ejemplo el Consejo de la Magistratura instalado por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Todo esto con el objetivo de garantizar el mejor acceso a la justicia y brindar cada día un mejor servicio de justicia.

2) Jurado de enjuiciamiento. En la actual Constitución provincial es la Corte Suprema de Justicia quien tiene la potestad de juzgar a sus pares.

En la actualidad existe una ley que reglamenta esta potestad, sumando al jurado a dos representantes del Poder Legislativo (un senador y un diputado) y dos representantes de los colegios de abogados de la provincia.

Los que tuvimos la ocasión de concurrir a estas audiencias, tanto representantes del Poder Legislativo como de los colegios, son convidados de piedra, resultando cuanto antes que en la nueva Constitución el nuevo Consejo de la Magistratura tenga además la facultad exclusiva de remover a los jueces.

Además debe enriquecerse el pleyo de derechos y garantías con normas específicas que permitan acceder con instrumentos prácticos y eficaces a la defensa de los derechos (adecuación del hábeas corpus al artículo 43 de la Constitución nacional, inclusión del habeas data, regulación de amparo, etc.)

En cuanto a la reforma política, se debe tratar si legislativamente seguimos con una comisión bicameral o es necesario una unicameral. Si se opta por la primera, es decir por la bicameral, se hace imperioso discutir como dividiremos el territorio provincial. Asimismo, el partido ganador no debe tener la mayoría absoluta de representación en la Cámara de Diputados.

Además deberían incorporarse estos nuevos derechos

a) Derecho de acceso a la justicia;

b) Derecho del consumidor y del usuario;

c) Derechos ambientales;

d) A promover acciones de clases;

e) A la iniciativa y consulta popular;

f) Defensor del pueblo

Por último no coincido con la oposición en que este tema no sea importante, creo que toda las personas involucradas con el estado de derecho, con la justicia y con los derechos humanos esperan que de una vez por toda nuestra Constitución de 1962 sea reformada, resultando de vital importancia que la sociedad, la ciudadanía en su totalidad se apropie del debate para exigirles a los legisladores con representación parlamentaria que habiliten la necesidad de la reforma.

Hoy a mi entender un nuevo horizonte comienza a alzarse. Debemos poner la mirada en el, plantados en el presente y volcando las necesidades de nuestra provincia. Dando nuevamente el toque de juventud que necesita nuestra carta magna provincial.

Creo profundamente que este año de transición donde no tenemos elecciones nacionales, provinciales y municipales es una estupenda oportunidad de repensar la situación de la provincia de Santa Fe, particularmente en cuanto a la deuda que tenemos con todo el pueblo santafesino, que es justamente la reforma y actualización de la Constitución provincial.

(*) Ex presidente Colegio Abogados Rosario.

Fuente: Diario La Capital, 02 de enero de 2014.